En la época de Peter Lim el FC Barcelona ha gastado más de 120 millones de euros en jugadores del Valencia CF MIGUEL ZORÍO: “JORGE MENDES HA RECONSTRUIDO CON DECO EL PUENTE AEREO ENTRE EL VALENCIA CF Y EL FC BARCELONA”

  • Jorge Mendes ha ganado casi 20 millones de euros en esas operaciones.
  • El agente portugués se carga por segunda vez a Mateu Alemany por no ceder a sus deseos mercantiles con la contratación de Rubén Neves y la venta a precio de saldo de Ansu Fati.

Miguel Zorío, ex Vicepresidente del Valencia CF y portavoz de Marea Valencianista, ha denunciado que “el cese (vestido de dimisión) de Mateu Alemany en el FC Barcelona es la segunda ocasión en la que Jorge Mendes le corta la cabeza al ejecutivo que reconstruyo nuestro club y posteriormente, hizo lo mismo con el club catalán. Y en los dos casos las razones son las mismas: no plegarse a los deseos comerciales del propietario de Gestifute y socio de Peter Lim en sus negocios futboleros”.

En este caso la crisis desencadenada por la negativa de Alemany a contratar al representado por Jorge Mendes, Rubén Neves, ha sido la gota que ha colmado el vaso de la paciencia monetaria del todopoderoso representante portugués y director deportivo de facto del Valencia CF.

“Ahora todo será más fácil para Laporta y Jorge Mendes, amigos íntimos y que comparten esa amistad con Peter Lim. Deco estuvo apadrinado por Mendes como jugador, y después trabajó en Gestifute, y será el nuevo Corona del FC Barcelona. El mismo club con el que Jorge Mendes ha ganado casi 20 millones de euros en comisiones por todos los jugadores que ha sido capaz de meter en la plantilla culé procedentes del Valencia CF singapurense. El puente aéreo entre Barcelona y Valencia ha sido restablecido, y el comandante en jefe es Jorge Mendes” afirma rotundamente Miguel Zorío

Zorío recuerda que desde que Peter Lim es propietario del Valencia CF el movimiento de jugadores con el club de Laporta ha sido muy beneficioso para Mendes, ya que las ventas han superado los 120 millones de euros, aunque sorprendentemente, después el club ché ha cosechado casi 200 millones de euros en pérdidas durante estos años:

 

 

JÉRÉMY MATHIEU Julio 2014

Central y lateral zurdo francés que llegó libre al Valencia desde el Toulouse en el verano de 2009, cinco años después Amadeo Salvo, ya controlado por Peter Lim, lo vende al FC Barcelona por 20 millones de euros.

 

ANDRÉ GOMES Julio 2016
El  Valencia CF compró a este jugador al Benfica de la mano de Meriton y Jorrge Mendes y al cabo de un año lo vendió al Barça por 35 millones de euros, convirtiéndose su carrera en azulgrana en un túnel oscuro.

 

PACO ALCACER Agosto 2016

El mismo verano del fichaje del mediocampista portugués el Barça apostó por el canterano del Valencia, contemplándole como el suplente perfecto para Luis Suárez y pagando hasta 30 millones de euros por un traspaso tutelado por el propio Peter Lim y, como no, Jorge Mendes.

 

JEISON MURILLO Enero 2019
Apartado por Marcelino en el Valencia, el central colombiano fue visto como un remedio de urgencia por el Barça en enero de 2019, acordando su cesión por 1 millón de euros.

 

NETO Agosto 2019

 

El Barcelona y el Valencia, en una operación de ‘ingeniería contable’ (idéntica a la que le costó el puesto a todo el Consejo de Administración de la Juventus) acordaron el intercambio entre el portero brasileño, con destino al Camp Nou y de Cillessen, que recaló en Valencia, siendo valorados en 35 millones de euros.

 

 

MIGUEL ZORÍO: “EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA YA SABE QUE NO PUEDE FIRMAR EL CONVENIO URBANÍSTICO CON PETER LIM”

LA COMISIÓN DE GOBIERNO DEL ANTERIOR GOBIERNO MUNICIPAL RECIBIÓ EN DICIEMBRE EL INFORME DEL LETRADO JOSÉ VICENTE SÁNCHEZ-TARAZAGA MARCELINO

MIGUEL ZORÍO: “EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA YA SABE QUE NO PUEDE FIRMAR EL CONVENIO URBANÍSTICO CON PETER LIM”

  • Miguel Zorío solicitó por escrito el informe, y el jefe de la asesoría jurídica le comunicó por escrito que por ley se lo debía entregar al Alcalde y a la Comisión de Gobierno.
  • También es fundamental saber si el viejo Mestalla tiene licencia de actividad o si la puede tener, teniendo una zona fuera de planeamiento tras la sentencia del Supremo que dio la razón a los vecinos.

El ex vicepresidente del Valencia CF, Miguel Zorío, ya avisó en octubre de 2022 que “la ley de contratos del estado prohíbe de forma clara y rotunda al Ayuntamiento de Valencia volver a firmar un convenio urbanístico con aquel promotor que haya incumplido un convenio (ATE) anteriormente, en este caso una sociedad cuyo principal accionista es Peter Lim. Eso lo sabe Javier Solís, el nuevo portavoz del singapurense, que es abogado. De hacerlo, incurrirían los políticos municipales en un delito clarísimo de prevaricación. Por ello, y ya que los anteriores gestores municipales no contestaban a los escritos que les presenté, en noviembre envié un escrito al Letrado del Consistorio, Jose Vicente Sánchez-Tarazaga, para que emitiera un dictamen en el que le recordara a los concejales lo que dice la Ley de Contratos del Estado sobre esta cuestión. Una ley que obliga a los todas las administraciones públicas, a todos los políticos y políticas, y a todas las empresas. Los servicios jurídicos del Ayuntamiento y el portavoz del club, saben que el Valencia CF de Peter Lim no puede ser de nuevo el firmante y beneficiario de un convenio urbanístico con el Ayuntamiento de Valencia y la Generalitat Valenciana, aunque esté en juego un arma electoral como es el Mundial de Fútbol. Y si lo hacen, la querella por prevaricación será presentada inmediatamente de forma unánime por todo el valencianismo”.

Como recuerda Miguel Zorío,  la única solución legal que tiene el Ayuntamiento de Valencia, para no asumir directamente la responsabilidad subsidiaria de los incumplimientos de Peter Lim, y tener que pagar con dinero de todos los valencianos los incumplimientos del engañabobos singapurense es: “iniciar la tramitación, para que el consistorio ejecute subsidiariamente y realice la sustitución del promotor, figura jurídica que encaja a la perfección la Ley de Contratos Públicos del Estado. La elección de esta opción, la única posible en estos momentos, permitiría reiniciar las obras ya, pidiendo las licencias oportunas y dando tiempo a la administración a firmar el nuevo convenio con el promotor que sustituya a Peter Lim, quien a través de la SAD tendrá que abonar el coste de la obra o ceder sus acciones como forma de pago. Esta opción impide a Lim pegar el último pelotazo en esta tierra, y permite mantenerle al Valencia CF los máximos aprovechamientos urbanísticos que tiene concedidos con la ATE actual, con el nuevo convenio, tanto en el viejo como en el nuevo Mestalla”.

“Ahora el problema de la mala gestión del Valencia CF por parte de Lim, Layhoon, Solís,…es que la nueva ley del deporte exige que el viejo Mestalla tenga licencia de actividad, y de nuevo el Ayuntamiento lo va a tener muy complicado, puesto que el viejo estadio tiene una zona fuera de planeamiento que por una sentencia del Supremo debería derribar. Y esto Peter Lim lo sabe desde que compró el club y en estos casi 10 años no ha hecho nada para solucionarlo. El Valencia CF corre un serio riesgo de encontrarse sin estadio para competir” ha avisado Miguel Zorío.
Miguel Zorío recordó por carta al jefe del servicio jurídico municipal que “el artículo 71 de la LCSP recoge un catálogo de prohibiciones en que pueden incurrir las empresas imposibilitando de este modo contratar con las entidades previstas en el artículo 3 de la LCSP, es decir, aquellas que se consideran que forman parte del sector público.

Concretamente, Peter Lim ha incurrido en al menos tres preceptos de la ley:

  • Dejar de formalizar el contrato adjudicado a su favor en los plazos indicados en el artículo 153 de la LCSP, por causa imputable al adjudicatario.
  • Incumplir con dolo, culpa o negligencia las cláusulas esenciales del contrato o las condiciones especiales de ejecución, cuando el incumplimiento fuese considerado infracción grave en los pliegos o el contrato.
  • El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Así lo establecía el artículo 113.4 del TRLCAP: “cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía”.

Adjunto copia de la carta enviada la Letrado en noviembre de 2022:

D.  José Vicente Sánchez-Tarazaga Marcelino

Letrado Titular de la Asesoría Jurídica

Ayuntamiento de Valencia

Calle Convento San Francisco 2

46002 Valencia

Estimado Sr. Letrado:

Como usted bien sabe, en los pasados meses las administraciones competentes dieron por caducada la ATE que firmaron con el Valencia CF SAD, ante los evidentes incumplimientos cometidos por la sociedad dominada por Peter Lim, y que no vale la pena repetir aquí, ya que usted los conoce perfectamente.

Tras enviar diversos escritos (por registro de entrada y sellados como recibidos) dirigidos al Alcalde, Vicealcaldesa, Concejala de Licencias, etc., y no recibir ninguna respuesta formal, me veo en la obligación de solicitarle un dictamen que determine la ilegalidad del tan cacareado nuevo convenio urbanístico que pretende firmar de nuevo la sociedad de Peter Lim tras incumplir el convenio urbanístico anterior, denominado ATE.

Como usted bien sabe la conocida como Ley de Contratos del Estado, concretamente la LCSP, en su artículo 71 recoge un catálogo de prohibiciones en que pueden incurrir las empresas y que les imposibilita contratar de nuevo con las entidades previstas en el artículo 3 de la LCSP, es decir, aquellas que se consideran que forman parte del sector público, como es el caso del Ayuntamiento de Valencia.

Concretamente, Peter Lim y su sociedad, Valencia CF SAD, han incurrido en al menos tres preceptos de la ley:

  • Dejar de formalizar el contrato adjudicado a su favor en los plazos indicados en el artículo 153 de la LCSP, por causa imputable al adjudicatario.
  • Incumplir con dolo, culpa o negligencia las cláusulas esenciales del contrato o las condiciones especiales de ejecución, cuando el incumplimiento fuese considerado infracción grave en los pliegos o el contrato.
  • El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Así lo establecía el artículo 113.4 del TRLCAP: “cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista le será incautada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía”.

Sin otro particular, quedo a la espera de su contestación.

Atentamente:

Miguel Zorío Pellicer

Ex Vicepresidente Valencia CF SAD